Dom. Nov 3rd, 2024

    Una de las más arraigadas tradiciones financieras en estas fechas navideñas es, sin duda, la campaña de planes de pensiones que ponen en marcha una gran mayoría de bancos y aseguradoras. Este 2023 no es diferente, y ello pese a que sus ventajas fiscales han ido reduciéndose al haber quedado limitadas las aportaciones a planes individuales a un máximo de 1.500 euros anuales.

    He aquí un pequeño resumen, un total de 12, de las principales ofertas que hoy por hoy se pueden estudiar. Ordenadas por orden alfabético.

    Abanca. Entre un 1% de bonificación y hasta un 4%, con un máximo de 5.000 euros. Selección preestablecida de fondos. Plazos de permanencia obligatorios entre cinco y seis años.

    Bankinter. Entre un 4% de bonificación y hasta un 5% (más de 60.000 euros), con un máximo de 10.000 euros. Posibilidad de obtener entre un 1% adicional si el traspaso se realiza a cualquiera de los planes de pensiones de la gama premium y se mantiene en dicha gama durante todo el compromiso de permanencia (de siete años, hasta el 31/01/2031). Excluidos de la promoción determinados planes de pensiones.

    BBVA. Entre un 1% de bonificación y hasta un 4%. Selección preestablecida de fondos. Plazos de permanencia obligatorios entre cinco y seis años.

    CaixaBank. Entre un 1% de bonificación y hasta un 4%, en función de los importes traspasados y de si se realizan aportaciones periódicas mensuales de entre 50 y 100 euros. Selección preestablecida de fondos. Plazos de permanencia obligatorios entre cinco y ocho años.

    Deutsche Bank. Entre un 2% de bonificación y hasta un 4,5%, con un máximo de 8.000 euros. Selección preestablecida de fondos. Plazos de permanencia obligatorios entre tres y ocho años.

    Ibercaja. Entre un 1,5% de bonificación y hasta un 7% (más de 60.000 euros). Selección preestablecida de fondos. Plazos de permanencia obligatorios entre 3 y 10 años.

    ING. Entre un 1,5% de bonificación y hasta un 3%, con un máximo de 2.400 euros. Selección preestablecida de fondos. Sin permanencia y hasta cinco años, según importes.

    Mapfre. Bonificación en forma de tréboles (moneda de fidelización de la aseguradora, un trébol equivale a un euro), que será del 6% sobre la suma del importe traspasado para los menores de 60 años y del 5% para los clientes de 60 o más años y limitadas en 9.000 euros y 7.500 euros, respectivamente. Plazos de permanencia obligatorios entre cuatro y cinco años.

    Nationale-Nederlanden. Bonificación, con un máximo de 1.000 euros, de entre el 0,5% y el 2% por traspasos o aportaciones (mínimo 1.000 euros); bonificación adicional de entre 0,5% y 2% si se realizan aportaciones periódicas (mínimo de 50 euros mensuales), y otra posible de hasta el 6%, que debe destinarse a la contratación de otros seguros complementarios (abono de prima de mínimo 80 euros). Plazo de cinco años.

    Sabadell. Entre un 1% de bonificación y hasta un 6%. Selección preestablecida de fondos. Plazos de permanencia obligatorios entre cuatro y nueve años. Mínimo a traspasar: 4.000 euros.

    Santander. Entre un 1% de bonificación y hasta un 6% (más de 100.000 euros). Selección preestablecida de fondos. Plazos de permanencia obligatorios entre cinco y ocho años. Posibilidad de obtener entre un 0,5% y un 1,5% adicional si se realizan aportaciones periódicas de 100 euros mensuales.

    Unicaja. Entre un 2% de bonificación y hasta un 4% , con un máximo de 3.000 euros. Selección preestablecida de fondos. Plazos de permanencia obligatorios entre seis y ocho años.

    Antes de decidirse por cualquiera de las ofertas que acaba de leer, es conveniente tener en cuenta este decálogo de consideraciones que, en general, lanzan los expertos.

    1. Las bonificaciones son realmente efectivas si se mantienen las posiciones durante los plazos preestablecidos. Aunque se cobren dentro de unos meses, habría que devolverlas por su importe bruto incluso en el supuesto, en algunas entidades, de que se retire el dinero de los planes de pensiones suscritos en caso de rescate por jubilación. La edad que se tenga en la actualidad es, por tanto, un factor a tener en cuenta.

    2. El importe de las bonificaciones, un 1%, 2%, 4% etc, hay que valorarlo como un “premio” para todo el periodo de suscripción. Por tanto, un 4% a ocho años es, grosso modo, realmente un 0,5% anual.

    3. Las bonificaciones están en algunos casos limitadas en importe: 2.000, 3.000, 4.000 euros… Puede convenir hacer solo traspasos que apuren estos topes, por lo que puede considerarse la posibilidad de diversificación entre distintas entidades.

    4. En determinados casos las bonificaciones se vinculan a realizar aportaciones periódicas durante todo el plazo establecido en la suscripción. También pueden estar ligadas a la contratación de un seguro.

    5. El abono de estas bonificaciones tiene la consideración de rendimiento de capital mobiliario. En consecuencia, sobre el importe bruto se practicará la correspondiente retención fiscal.

    6. En general, la gama de planes de pensiones para suscripción está limitada. Si se trata de planes de pensiones nuevos, no hay datos para la comparación con otros similares; si están ya funcionando, puede convenir hacer la comparativa respecto a otros de su misma categoría.

    7. El rendimiento de los planes de pensiones, según los últimos datos oficiales de la Asociación de Instituciones de Inversión Colectiva (Inverco), varía según plazos y categorías de inversión. A 10 años, la rentabilidad media ponderada es del 2%, siendo la categoría de renta variable la más rentable con un 6,8% y la de renta fija a corto plazo la menos con un -0,2%.

    8. Existen muy significativas diferencias entre unos planes y otros en lo que a ganancias se refiere; incluso dentro de una misma entidad. Por ejemplo, a 10 años, en renta variable, el plan de pensiones más rentable ofrece un 15,14% anual y, el menos, un -0,88%, también anual.

    9. Para este ejercicio, es relevante tener en cuenta las novedades fiscales aplicables por si conviene decantarse por uno u otro tipo de plan de pensiones en función de la actividad que se realiza. Si bien la nueva normativa establece que la cantidad máxima que se puede aportar al plan de pensiones individual es de 1.500 euros, este importe puede incrementarse en 8.500 euros más si tal aumento proviene de contribuciones empresariales o de aportaciones del trabajador a planes de empleo, que puede, por primera vez, superar la cuota del empleador, en función de unos coeficientes.

    Adicionalmente, en el caso de las personas que trabajan por cuenta propia, estas pueden complementar el ahorro a través de un plan de pensiones de empleo simplificado, con aportaciones de hasta 4.250 euros. Por lo que, en total, los autónomos pueden aportar hasta 5.750 euros. A la hora de seleccionar los planes, esta precisión es importante.

    10. Conviene recordar que es posible realizar aportaciones a favor del cónyuge si este no obtiene rendimientos netos del trabajo ni de actividades económicas, o los obtiene en cuantía inferior a 8.000 euros anuales. El límite anual de estas aportaciones es de 1.000 euros.

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