Sáb. Abr 20th, 2024

    Los contribuyentes es Bogotá tuyo nuevo calendario tributario. Las fechas aplican para alrededor de 3’296.000 personas naturales y jurídicas en los cargos de preregalo, vehículos de motor, Industria y Comercio (ICA) año Reteica.

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    En verano de 2023 se mantiene el descuento del 10 por ciento por pronto pago en residencial predial y no residencial y en vehículos, así como la posibilidad de diferir el cumplimiento en cuatro cuotas en predial.

    Según el nuevo calendario tributario, los vencimientos no serán según la última letra del chip del inmueble en el predial; del último dígito de la placa, en vehículos, y del último número del documento de identificación, para ICA y Reteica. Se vuelve, entonces, al esquema anterior, en una única fecha.

    En esta ocasión las facturas de los impuestos predial y vehículos serán enviados de forma física a todos los contribuyentes a las direcciones de notificación registradas y por correo electrónico la recibirán también quienes están registrados en la Oficina Virtual (la pueden ubicar en la página web de la Secretaría de Hacienda www.shd.gov.co) donde podrá acceder a ellos mediante el botón Descargar y pague, que será habilitado.

    Estos cambios se aplican tras un año en el que las fallas en la nueva plataforma de la Secretaría de Hacienda, los errores en el registro de los datos en la Oficina Virtual y la información errónea de las personas llevadas a que el Distrito cambiara en dos ocasiones cambiara las fechas de vencimientos.

    Preregalo El impuesto

    Según las fechas de vencimiento en 2023 que dio a conocer la Secretaría de Hacienda, los contribuyentes tienen hasta el 12 de mayo para declarar y pagar el impuesto predial con descuento del 10 por ciento y hasta el 14 de julio sin descuento ni sanciones.

    Los responsables de este gravamen también podrán optar por diferir el pago en cuatro cuotas –conocido como Sistema de Pago Alternativo por Cuotas (SPAC)–. Los valores serán iguales y no contemplan intereses ni sanciones para quienes así lo hagan.

    No obstante, es muy importante tener en cuenta que para acogerse al pago diferido en cuotas se debe presentar la declaración a más tardar el 26 de mayo. Esto solo se podrá hacer a través de la Oficina virtual y si está registrado.

    Los vencimientos de este sistema serán de la siguiente manera: primera cuota, el 9 de junio; segundo, 4 de agosto; tercera, el 6 de octubre, y la cuarta, el 1.° de diciembre de 2023.

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    en vehículos

    En cuanto al impuesto de vehículos, el calendario tributario de 2023 da plazo máximo para pagar con el 10 por ciento de descuento por pronto pago hasta el 2 de junio.

    Y quienes no pueden hacerlo en esa fecha tienen opción hasta el 28 de julio, pero sin el beneficio del descuento ni sanciones ni intereses. En este gravamen no hay pago por cuotas.

    ICA y Reteica

    Los contribuyentes del impuesto de Industria y Comercio (ICA) pertenecen al régimen común y con pago bimestral tendrán un solo plazo máximo en cada vencimiento. Por ejemplo, la cartilla bimestral será el 14 de abril de 2023 y la última, el 16 de febrero de 2024.

    En el caso de Reteica, los agentes de retención trabajarán en citas bimestrales a partir del 17 de marzo de 2023 y finalizarán el 19 de enero de 2024.

    Sobre los demás contribuyentes de ICA pertenecientes al régimen común, cuyo impuesto a carga en 2022 no exceda los 391 UVT (Unidad de Valor Tributario), que equivale a 14’859.564 pesos, la Secretaría de Hacienda indica que deberá presentar a más tardar el 23 de febrero de 2024 una única declaración anual por la vigencia, por los medios virtuales dispuestos por la entidad. Ninguno olvide que el valor de la UVT el año pasado fue de 38.004 pesos.

    En cuanto a los contribuyentes de ICA del régimen preferencial (con ingresos netos iguales o superiores a 1.933 UVT o 81’982.396 pesos) pendante el año gravable 2023, el plazo vence el 27 de enero de 2023. Tenga en cuenta que el valor de la UVT para esta nueva vigencia es de 42.412.

    El calendario tributario de 2023 no se aplica para el pago de impuestos de vigencias anteriores. En estos casos los contribuyentes pueden solicitar información en los canales de información de la Secretaría de Hacienda o en la Oficina Virtual.

    Las fechas pendientes de 2022

    Los contribuyentes de predial y Reteica con obligaciones pendientes de 2022 no sufren modificaciones en las fechas de vencimiento.

    En el caso de predial residencial y no residencial que se acogieron al pago diferido se les cumple la cuarta cuota el 20 de enero de 2023.

    Para Reteica correspondiente al sexto bimestre de 2022 y el régimen preferencial de ICA el plazo máximo es el 27 de enero de 2023.

    (Ahora hay que inscribirse para pagar predial y vehículos en Bogotá)

    GUILLERMO REINOSO RODRIGUEZ
    Redactor Bogotá
    En Twitter: @guirei24